La política en cualquiera de sus definiciones y dimensiones está relacionada con el poder, y de los muchos elementos que conforman el poder, uno de ellos es el conocimiento (como dice el famoso dicho «conocimiento es poder»). Para ser más precisos aún: el conocimiento de la ley, que es el camino final del poder y que por medio de ella se legitiman los Estados.
En nuestro caso, la ley municipal, que debería ser la más importante para las comunidades locales, establece, promueve y delimita las funciones de los gobiernos locales cuyos máximos representantes son los alcaldes y concejales. Mucho se habla y quizás mucho se sabe de los alcaldes por su casi omnipresencia en las comunas y por la idiosincrasia de líder fuerte que se tiene, pero poco se sabe de las otras autoridades municipales que son esenciales para el desarrollo local; los concejales.
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El poder municipal es una similitud extraída de las relaciones del poder nacional entre el Presidente y los parlamentarios, y al parecer se develan los mismos problemas o las mismas actitudes de la ciudadanía respecto a las autoridades cuya raíz es el desconocimiento de las funciones. Dicha ignorancia cívica ha alimentado con creces el populismo y clientelismo en nuestro país, porque un alto número de personas tienen a los concejales como una fuente de favores y estos a su vez toman a la gente como una fuente de votos.
Para evitar estas malas prácticas y fomentar un espíritu republicano de buena fe, es necesaria la instrucción para tener ciudadanos responsables, y como primer paso educativo, dar a conocer constantemente (en este caso) las funciones de los concejales, que van más allá del saludo amable en la calle, de los regalos en los bingos o los favores para tener un trato más privilegiado en los trámites burocráticos.
Por lo anterior, vemos que las funciones de los concejales son: fiscalizar que se cumplan los planes y programas de inversión municipal y cómo se ejecuta el presupuesto del municipio, fiscalizar los actos del alcalde, presentarle observaciones siendo respondidas obligatoriamente, presentar ante la Contraloría General de la República actos, omisiones o resoluciones que cometieron los alcaldes si infringieron las leyes y reglamentos, además, denunciando ante los tribunales cualquier delito.
También, pronunciarse a los motivos de renuncia del alcalde y concejales, aprobar la participación de las asociaciones, corporaciones o fundaciones dentro de la comuna, recomendar al alcalde las prioridades de los proyectos y medidas para el desarrollo comunal, citar o pedir informes a los funcionarios y/o organismos municipales cuando se estime necesario sobre temas que corresponde a la competencia de estos, solicitar informes a las entidades que reciben aportes del municipio, otorgar el acuerdo para cambiar o asignar bienes municipales o nacionales de uso público, poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales, y fiscalizar los servicios y unidades municipales.