Venta de ropa, lápices, verduras o productos de repostería, aseo a domicilio e incluso cortes de pelo en casa. La pandemia y la crisis económica que se arrastra desde octubre del año pasado han incentivado el surgimiento de múltiples emprendimientos para hacer frente a los gastos familiares. Aunque en la primera etapa funcionen de manera irregular, es fundamental hacer los trámites para no operar al margen de la ley.
Carlos Fuentes Valenzuela, académico de Ingeniería Comercial de la Universidad San Sebastián, plantea que es probable que algunos vean este paso solo como sinónimo de pago de impuestos. No obstante, dice que es fundamental para ordenarse, proyectarse y crecer.
Como es altamente posible que quienes estén hoy emprendiendo lo hagan impulsados por las circunstancias, pueden no tener conocimientos al respecto. El profesor Fuentes plantea que lo primero es tener claro qué tipo de emprendimiento se quiere hacer y luego definir el tipo de constitución legal. Puede ser persona natural o persona jurídica. El académico aclara que con esto se sabe cuáles serán los parámetros legales bajo los que se funcionará, lo que significa cuál será su forma de administración y la manera en que tributará (en IVA y Renta).
“Si se decide emprender como persona natural (empresario individual), se debe considerar que, en este caso, la persona (dueño de la empresa) ejerce todos los derechos y obligaciones de la empresa a su nombre, es responsable personalmente de las deudas y obligaciones de la empresa, funcionará bajo el mismo RUT de la persona natural, no requiere demostrar un capital para emprender su actividad y puede funcionar como empresa unipersonal o individual o microempresa familiar”, explica Carlos Fuentes.
En cambio, “si decide emprender como persona jurídica (sociedad), se debe tener en cuenta que la empresa asume todos los derechos y obligaciones de la misma, las deudas u obligaciones se limitan a los bienes de la empresa”. Fuentes puntualiza que la empresa puede ser formada por una o más personas, tanto naturales como jurídicas; tiene su propio RUT y requiere de un capital, en dinero o bienes, para su constitución. Indica que puede funcionar como Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad por Acciones o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), entre otras.
DESDE CASA
Un aspecto relevante en este tiempo es que los trámites se pueden hacer de manera online. “Todo se puede hacer online; desde la constitución de la sociedad, si se elige ser persona jurídica, hasta la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos”.
¿Hay costos asociados? El profesor responde que en el caso de que se opte por emprender como persona jurídica, tiene costos para el interesado, pues si bien la constitución de la sociedad la puede realizar a través de la plataforma disponible para ello -en tuempresaenundia.cl- luego la debe ratificar ante notario público, donde debe pagar.
“En mi opinión, para que la escritura de constitución contenga todos los elementos necesarios y no le falte nada que después se transforme en un problema, debería asesorarse por un abogado. Para el caso de la iniciación de actividades, elección del régimen tributario, registro de sus operaciones, declaraciones mensuales y anuales de impuestos, es necesario acudir a un contador”, recomienda el docente de la USS.
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VENTAJAS
Regularizar un negocio no se debe considerar nunca una pérdida de tiempo ni sólo como costos innecesarios. Tiene ventajas sobre todo cuando el emprendimiento crece. “Desde el punto de vista de gestión, se hace necesario formalizar, ya que favorece el control de la operación propiamente tal, como así también otras áreas como ventas, marketing y dirección”, indica Carlos Fuentes.
Agrega que, desde el punto de vista financiero, permite ordenar el flujo de caja. Un punto clave es que sirve para saber realmente si el emprendimiento está generando utilidades, determinar correctamente los costos y gastos, además de permitir el acceso a la bancarización y, por ende, facilita la llegada a más clientes.
En estos complejos meses son muchos los pequeños emprendimientos que funcionan a través de redes sociales como Facebook o Instagram, pero, advierte Fuentes, “dado que el comercio electrónico ha crecido enormemente en este periodo de pandemia, los ojos del Servicio de Impuestos Internos se están poniendo sobre este tipo de comercio, por lo que en un corto periodo se estará fiscalizando más”. Por eso el académico recomienda formalizarse.
Advierte que en el caso de la venta de comestibles se requiere la autorización sanitaria previa. Todos trámites que, aunque impliquen tiempo e inversión, redundarán en un mejor desarrollo del negocio.