Un hombre de 36 años fue detenido por Carabineros del OS9 en San Carlos (Región de Ñuble) por el delito de femicidio frustrado. Esto, luego de que, en medio de una discusión, rociara con un líquido acelerante a su expareja y a las dos hijas de ella.
Según la investigación, el hombre había violado una orden de alejamiento que le prohibía acercarse a la víctima. El operativo de detención fue realizado en el sector Población 11 de Septiembre.
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De acuerdo con la Capitán Sandra Zapata, Comisario de Servicio de San Carlos, “este hombre mantenía prohibición de acercarse a la mujer, a su expareja, y es en contexto de aquello que el imputado llega al domicilio de la víctima para discutir con ella”.
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Durante la discusión, el hombre sacó un líquido inflamable y lo roció sobre la mujer y sus hijas. “En medio de un forcejeo, el sujeto las roció con un líquido de características de un acelerante, amenazando con prender un encendedor que portaba”, explicó la policía.
Luego del ataque, el agresor huyó en el vehículo de una de las hijas de la víctima, abandonándolo a pocas cuadras del lugar.
El operativo de búsqueda y detención fue realizado por Carabineros del OS9, con apoyo del GOPE y la 1ª Comisaría de San Carlos, quienes ingresaron al domicilio donde el sujeto se escondía.
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En el lugar, se incautaron evidencias, incluyendo la vestimenta que el imputado habría utilizado durante el ataque, junto con la botella que contenía el acelerante. Las pericias fueron apoyadas por el Labocar de Concepción, encargado de la recolección de pruebas.
El detenido, de nacionalidad española, tiene antecedentes por tres delitos anteriores y estaba bajo la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno al momento de cometer el ataque.
Tras su captura, fue puesto a disposición del Tribunal para enfrentar los cargos de femicidio frustrado y desacato.
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Los delitos
El femicidio frustrado, conforme a la legislación chilena, es el intento de asesinar a una mujer con la que se mantuvo una relación de pareja o familiar, según lo estipulado en el artículo 390 del Código Penal.
En este caso, la acción del imputado no se consumó, pero la amenaza y el uso de un acelerante constituyen la figura de tentativa de femicidio.
Además, se le imputa el delito de desacato, por incumplir la orden judicial que le prohibía acercarse a la víctima, tal como lo establece el artículo 240 del Código Penal, que sanciona la desobediencia a medidas cautelares dictadas por un tribunal.