Un kinesiólogo de 46 años fue condenado a 3 años y 1 día de presidio por el delito de abuso sexual en contra de una paciente de 27 años en un centro de salud público en Chillán (Región de Ñuble).
Los hechos ocurrieron el 21 de diciembre de 2019 durante una sesión de tratamiento en el CESFAM Violeta Parra, de esa comuna. La sentencia fue dictada el 25 de septiembre de 2024 por el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán, según la información proporcionada por la Fiscalía.
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La fiscal de Chillán, Claudia Zárate Rojas, detalló que “el kinesiólogo realizó actos de relevancia y significación sexual que no correspondían dentro de la terapia o tratamiento que estaba realizando, aprovechando la incapacidad de la víctima de oponerse a estos actos que vulneraron su libertad sexual”.
Los hechos ocurrieron mientras el profesional de la salud se encontraba en ejercicio de su labor, momento en el que, según lo expuesto en el juicio, cometió el abuso sexual. La Fiscalía no reveló la identidad del profesional condenado.
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Cumplirá la pena en libertad vigilada
El tribunal determinó que el condenado cumplirá su pena bajo el régimen de libertad vigilada intensiva, lo que significa que no será recluido en un recinto penitenciario, pero estará bajo supervisión estricta.
Además, se impuso una prohibición de acercarse a la víctima de manera absoluta, tanto de forma física como a través de cualquier medio de comunicación.
El abuso sexual es un delito que, según el Código Penal, ocurre cuando una persona realiza actos de connotación sexual sin el consentimiento de la víctima, afectando su libertad sexual.
En este caso, la Fiscalía argumentó que el kinesiólogo utilizó su posición para perpetrar dichos actos, aprovechando la confianza que la paciente había depositado en él.
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Delito ocurrió “en el ejercicio de su profesión”
El delito ocurrió en el CEFAM Violeta Parra, en Chillán, donde la víctima acudió para recibir tratamiento kinesiológico. Durante la sesión, el kinesiólogo llevó a cabo actos que no estaban relacionados con el tratamiento médico, lo que fue calificado como abuso sexual por el tribunal.
La fiscal Zárate señaló que el tribunal dictó una “sentencia condenatoria en contra del acusado por hechos que habrían ocurrido en el ejercicio de su profesión”.
La pena de 3 años y 1 día impuesta será cumplida bajo libertad vigilada intensiva, lo que implica que el condenado deberá seguir un estricto régimen de supervisión. Además, se dictó una prohibición absoluta de acercarse a la víctima para garantizar su protección.