Del Tribunal Oral en lo Penal de Chillán

Corte ordena hacer de nuevo juicio por femicidio frustrado en Chillán

Incidente ocurrió en enero del año pasado. La defensa del acusado presentó el recurso que anuló el proceso.
Fotografía de contexto.
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La Corte de Apelaciones de Chillán (Región de Ñuble) acogió, el pasado lunes 7 de octubre, un recurso de nulidad presentado por la defensa de un hombre acusado por el Ministerio Público de femicidio frustrado.

El hecho ocurrió en enero del año 2023 en esa misma ciudad: el imputado intentó dar muerte a su pareja.

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El tribunal superior encontró que los jueces del Tribunal Oral en lo Penal omitieron explicar las razones por las cuales desestimaron el argumento de la contraparte, que sostenía que estaba en grado de tentativo, y no de femicidio frustrado.

Esta falta de argumentos, concluyó la primera sala de manera anónima, infringe el artículo 342 letra c del Código Procesal Penal, que exige que las sentencias expliquen de manera detallada las pruebas utilizadas para fundamentar la decisión.

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Recurso para anular el juicio

Los defensores del imputado habían presentado el recurso de nulidad, con el argumento de que el fallo del tribunal inferior no analizaba completamente las pruebas relacionadas con el grado de ejecución del delito.

La Corte de Apelaciones dictaminó que “el vicio detectado tiene influencia en lo dispositivo del fallo porque la decisión adoptada carece de justificación“.

Por ello, el nuevo juicio deberá ser llevado a cabo por jueces que no estén inhabilitados, para asegurar la imparcialidad en la revisión del caso.

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Los delitos

El femicidio es un delito tipificado en la ley chilena, sancionado con penas graves cuando es completado. Sin embargo, en este caso se imputa femicidio frustrado, que implica que, aunque se realizaron actos con la intención de matar, el homicidio no llegó a completarse.

En la legislación chilena, los delitos frustrados, como el femicidio, pueden recibir penas menores en comparación con aquellos que se consuman por completo.

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