Un hombre fue detenido por portar un arma de fuego a las afueras del Hospital Herminda Martín, de Chillán (Región de Ñuble). Según detalló Carabineros, el sujeto circulaba por calle Francisco Ramírez cuando fue sorprendido por la policía.
Todo se dio en el marco de un operativo contra el comercio ilegal, ocurrido en la capital regional el pasado miércoles, 26 de marzo. El arma fue incautada para peritajes y el individuo presenta antecedentes policiales por amenazas.
En el operativo participó Carabineros y Seguridad Municipal. La intervención se enmarca en el llamado Plan 40 Minutos, que se desarrolla en sectores de alta circulación peatonal y presencia constante de comercio informal.
Otros seis detenidos
Según la información policial, otras seis personas fueron detenidas en el mismo procedimiento. Cinco por ejercer comercio no autorizado en la vía pública y una por mantener una orden de detención vigente por el delito de estafa.
El delito de estafa, definido en el artículo 467 del Código Penal, ocurre cuando una persona obtiene un beneficio económico mediante engaño, causando un perjuicio a otra. Se trata de una infracción penal que contempla penas privativas de libertad.
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Delitos asociados al comercio ilegal
El capitán Cristopher Muñoz, subcomisario de Chillán, sostuvo que la presencia de un arma durante un procedimiento vinculado al comercio informal “podría estar conectándose a otros delitos, especialmente, a algunos que pueden ser más violentos”.
El oficial agregó que estas situaciones se relacionan con la forma en que algunas personas ocupan espacios públicos y los mecanismos que emplean para defender esos puestos.
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De acuerdo con los antecedentes entregados por la policía, el Plan 40 Minutos ha derivado en 30 detenciones en lo que va del año por delitos vinculados al comercio no regulado.
Entre los ilícitos mencionados se encuentran el contrabando, la receptación, la infracción al Código Sanitario, el tráfico de fármacos y la infracción a la Ley de Propiedad Industrial.
El delito de receptación, según el artículo 456 bis A del Código Penal, se configura cuando una persona adquiere, guarda o comercializa bienes provenientes de otro delito, sin haber participado directamente en la comisión del delito original.