La Corte de Apelaciones de Chillán (Región de Ñuble) confirmó que el Estado deberá pagar $25 millones a un hombre que fue detenido y torturado en Yungay en octubre de 1973.
Este tribunal ratificó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado Civil de Chillán, que condena al Estado a indemnizar a la víctima por daño moral.
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El hombre, quien trabajaba como administrador de aserraderos en ese período, fue privado de libertad en una comisaría de la comuna.
Durante su detención, sufrió torturas que incluyeron golpes, privación de agua y alimentos, entrega de pan en mal estado, simulacros de fusilamiento y malas condiciones de higiene.
El fallo establece que dichas condiciones “provocaron un daño a su esfera emocional, manifestado en la trasgresión de su dignidad, la aflicción mental y un impacto permanente», según consta en la sentencia.
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Responsabilidad patrimonial del Estado
En la legislación vigente, el concepto de daño moral se refiere a la afectación al bienestar psicológico o emocional de una persona, que es indemnizable mediante resolución judicial.
La privación ilegal de libertad y las torturas son consideradas violaciones a derechos fundamentales y a normas internacionales ratificadas por el país, como la Convención contra la Tortura.
La Corte precisó que el monto indemnizatorio fue reducido “prudencialmente en proporción al daño acreditado”. Este ajuste se realizó en comparación con sentencias similares dictadas durante 2024 y 2025. La compensación incluirá reajustes e intereses, según se señala en la resolución judicial.
El Consejo de Defensa del Estado, que representa legalmente al Estado, deberá cumplir con el pago ordenado por la Corte. Este caso corresponde a la responsabilidad patrimonial del Estado, como consecuencia de la vulneración de derechos humanos cometida durante la dictadura militar iniciada en 1973.