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agresiones físicas y reincidencia

2 condenados por robo en locales comerciales del centro de San Carlos

A 5 y 3 años de cárcel cada uno, más penas menores, fue sentenciada la pareja que asaltó los recintos en 2024.
Juzgado de Garantía de San Carlos
Fachada del Juzgado de Garantía de San Carlos. Fotografía de archivo
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Dos personas fueron condenadas por el Juzgado de Garantía de San Carlos (Región de Ñuble), acusados de robar y hurtar en dos locales comerciales en el centro de esta ciudad. Uno de los negocios fue robado dos veces por la pareja.

Se trata de un hombre y una mujer que cometieron delitos en 2024. El primer hecho ocurrió el 26 de julio, en un local de calle Riquelme, desde donde ambos sustrajeron tarros de café y bolsas de cereales. Durante el robo, la mujer golpeó a una trabajadora que intentó detenerla, provocándole una fractura nasal.

El golpe permitió calificar el delito como robo con violencia, según lo establece el artículo 436 del Código Penal. El artículo considera esta figura cuando hay agresión física directa al momento de sustraer bienes.

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El 7 de agosto de ese mismo año, los imputados ingresaron a un local comercial de calle Serrano y robaron productos de perfumería. Al día siguiente regresaron al mismo comercio y sustrajeron artículos de aseo personal.

Ambos fueron detenidos por Carabineros en las cercanías del establecimiento, poco después del segundo hurto. Los antecedentes fueron presentados ante el tribunal por el Ministerio Público.

5 y 3 años de cárcel

El hombre recibió una condena de 5 años y un día de presidio efectivo, además de dos penas de 61 días por los hurtos. La mujer fue sentenciada a 3 años y un día, junto con dos penas de 61 días por delitos similares. Así lo informó la Fiscalía.

La Fiscal Jefa de San Carlos, Tamara Cuello Peña, explicó que los imputados actuaron en conjunto en todos los delitos. Además, indicó que se solicitaron penas efectivas debido a la reiteración delictual y al uso de violencia.

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«El tribunal accediendo a la petición del Ministerio Público condenó a estos imputados como actores de dos delitos de hurto y un delito de robo con violencia», detalló Cuello.

Las penas fueron fijadas como presidio efectivo, lo que implica cumplimiento obligatorio en un recinto penal. Según el Poder Judicial, este tipo de condenas no puede ser reemplazado por libertad vigilada sin resolución expresa del tribunal.

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