La Justicia dictó un veredicto condenatorio contra un hombre de 42 años cusado del delito de abuso sexual reiterado en perjuicio de tres niñas menores de siete años en Chillán (Región de Ñuble). Los hechos ocurrieron entre 2012 y 2015, en dos domicilios de la misma ciudad.
Según se expuso ante el Tribunal Oral en Lo Penal de Chillán, una de las víctimas es hija del imputado, quien tenía entre tres y cinco años al momento de los abusos. Las otras dos niñas también pertenecían al entorno familiar del acusado.
El tribunal consideró acreditados un total de cinco episodios de abuso sexual, los que ocurrieron en el ámbito familiar. El delito de abuso sexual reiterado se encuentra tipificado en el artículo 366 bis del Código Penal, y sanciona los actos de significación sexual cometidos contra menores de 14 años, sin que sea necesario que exista acceso carnal.
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La ley establece que las penas para este tipo de delito pueden ir de cinco a quince años de presidio, dependiendo de la gravedad y la reiteración de los hechos. Durante el juicio, el fiscal de la causa, Florentino Bobadilla Rodríguez, sostuvo que los hechos fueron probados ante los jueces.
“Se logró acreditar ante el tribunal cinco de estos hechos que afectaron a las víctimas entre los años 2012 y 2015”, indicó el persecutor. Además, precisó que se solicitó una pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio, la sanción más alta dentro de los márgenes legales establecidos para este delito.
La audiencia de lectura de sentencia quedó fijada para el próximo 3 de julio, oportunidad en la que se definirá la pena definitiva que deberá cumplir el acusado.
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Los abusos ocurrieron dentro del núcleo familiar
Los delitos ocurrieron al interior del núcleo familiar, un entorno que, según especialistas en infancia y prevención, presenta mayores dificultades para la detección y denuncia.
El Código Penal contempla sanciones adicionales cuando los delitos sexuales se cometen en contextos donde existe parentesco entre agresor y víctima, lo que agrava las penas previstas.
El tribunal deberá determinar si corresponde aplicar la pena solicitada por el Ministerio Público o establecer una distinta dentro de los límites legales. La audiencia se realizará en el mismo tribunal que conoció la causa, donde se espera que se dé a conocer la condena definitiva.