La Justicia condenó al hombre formalizado por un fatal accidente de tránsito que resultó en la muerte de una joven, al interior de la avenida Sepúlveda Bustos de Chillán (Región de Ñuble). El hecho se produjo el 1 de marzo de 2024, cuando el imputado conducía en estado de ebriedad y a exceso de velocidad.
De acuerdo con los antecedentes presentados ante el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad, el hombre manejaba una camioneta con 2,08 gramos de alcohol por litro de sangre, lo que excede el límite legal permitido de 0,3 gramos por litro. En esa condición, colisionó por alcance una motocicleta que circulaba delante de él.
En el vehículo menor se trasladaban dos personas. Una joven que iba como pasajera falleció en el lugar, mientras que el conductor de la moto resultó con lesiones menos graves. Peritajes técnicos establecieron que la camioneta circulaba a 169,16 km/h en una zona urbana con límite de 50 km/h.
La fiscal del Ministerio Público de Chillán, Nadia Espinoza Caro, precisó que el acusado enfrentó cargos por conducción en estado de ebriedad causando la muerte y lesiones, y por conducción temeraria. Esta última figura penal fue incorporada mediante la Ley N.º 21.601, vigente desde el año 2022.
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Fiscalía solicita penas de presidio e inhabilitación perpetua
El delito de conducción en estado de ebriedad se encuentra definido en el artículo 110 de la Ley de Tránsito, que sanciona al conductor que, bajo efectos del alcohol, cause la muerte o lesiones a otra persona. En tanto, el delito de conducción temeraria está regulado por el artículo 197 quinquies del mismo cuerpo legal.
Dicha norma castiga a quien exceda por más de 60 km/h la velocidad máxima en zonas urbanas, generando peligro para terceros. Según la Fiscalía, ambos delitos se configuraron en el caso analizado por el tribunal.
La Fiscalía solicitó una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, además de una multa de 20 UTM, la inhabilitación perpetua para conducir y el comiso del vehículo utilizado al momento del hecho.
Por el delito de conducción temeraria, pidió 5 años de presidio, una segunda multa de 20 UTM, la misma inhabilidad perpetua y el comiso del vehículo. El tribunal deberá analizar estas solicitudes antes de dictar sentencia.
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La fiscal Espinoza afirmó que la solicitud de penas se sustenta en la gravedad del impacto generado. “La gravedad de los delitos, los resultados de haber causado la muerte y además una persona con lesiones menos graves hace que las penas sean más altas”, señaló durante el proceso.
Además, explicó que el caso representa una aplicación reciente del tipo penal de conducción temeraria en sede oral. “Es el primer juicio oral en Chillán en donde se discute una conducción en estado de viriedad con resultado de muerte y además un delito de conducción temeraria por parte del acusado”, agregó.
El Tribunal Oral en lo Penal de Chillán comunicará su sentencia definitiva el próximo 4 de agosto de 2025. Hasta entonces, el imputado mantiene la calidad de condenado, sin que exista una pena firme pronunciada por el tribunal.