Un total de 17 años y medio de presidio solicitó la Fiscalía de Chillán contra un hombre de 30 años condenado por abuso sexual y por almacenamiento y distribución de pornografía infantil.
Así lo informaron las autoridades este martes 26 de agosto al confirmar el veredicto condenatorio. La sentencia definitiva será comunicada el 4 de septiembre de 2025 en el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán.
Los hechos ocurrieron entre junio y septiembre de 2023 en la ciudad de Chillán (Región de Ñuble). La víctima fue una niña de 5 años, prima del condenado.
El tribunal acreditó que el imputado sometió a la menor a actos sexuales durante ese período de tiempo.
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Almacenaba pornografía infantil
En el domicilio del acusado se incautaron celulares y un disco duro. Según los antecedentes, en esos dispositivos se almacenaban videos y fotografías de carácter sexual de niños y adolescentes.
Parte del material hallado fue distribuido mediante plataformas digitales, configurando así uno de los tres delitos acreditados.
El fiscal de Chillán, Florentino Bobadilla Rodríguez, señaló que el veredicto condenó al acusado por abuso sexual, almacenamiento de pornografía infantil y distribución de dicho material. “Luego de dos jornadas, el Tribunal Oral en lo Penal de la Ciudad de Estillán dictó un veredicto condenatorio en contra de un hombre de 30 años de edad”, indicó.
El persecutor explicó además la importancia de las pericias a los equipos electrónicos. “Se logró aprobar en juicio (…) que este imputado almacenaba distintas cantidades de pornografía infantil, de distinta gravedad, en la que aparecían niños, niñas y adolescentes”, afirmó.
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Fiscalía pide 17 años de presidio
La Fiscalía solicitó 10 años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de abuso sexual. También pidió una pena única de 7 años y medio de presidio mayor en su grado mínimo por almacenamiento y distribución de pornografía infantil.
El Código Penal chileno establece que el presidio mayor puede ir de 5 a 20 años, dependiendo del grado. En caso de confirmarse la condena, el imputado deberá registrar su huella genética en el banco nacional de datos de condenados, junto con los demás accesorios legales que determina la legislación vigente.