La Corte de Apelaciones de Chillán (Región de Ñuble) rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un hombre y confirmó la condena de 7 años de presidio efectivo y una multa de 40 UTM por el delito de tráfico ilícito de drogas. Así lo informó el tribunal este miércoles 3 de septiembre.
El hecho ocurrió en abril de 2023, en la comuna de Chillán Viejo. La condena había sido dictada previamente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.
La resolución fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala del tribunal de alzada, compuesta por el ministro Guillermo Arcos Salinas, el ministro Claudio Arias Córdova y el fiscal judicial Solón Vigueras Seguel.
Según los antecedentes, el 12 de abril de 2023, alrededor de la una de la madrugada, Carabineros fiscalizó un vehículo que circulaba a exceso de velocidad en Chillán Viejo. Durante el control se encontraron bolsas transparentes con drogas, lo que derivó en la detención del conductor.
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Defensa había argumentado pruebas insuficientes
El fallo explicó que el recurso de nulidad no cuestionaba un error de derecho, sino la forma en que se evaluó la prueba. Esa función corresponde exclusivamente al Tribunal de Juicio Oral y no puede ser revisada por una instancia superior.
“Que, de la lectura del recurso de nulidad interpuesto por la Defensa se puede concluir que lo que se impugna no es un problema de falta de valoración de la prueba (…) puesto que, como lo establece la ley, son los jueces del tribunal indicado los únicos que deben justipreciar la prueba, sin que la Corte pueda cumplir tal cometido”, indica el fallo.
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El delito de tráfico ilícito de drogas está regulado en la Ley 20.000. La normativa sanciona la producción, fabricación, importación, exportación, distribución o comercialización de sustancias prohibidas.
Las penas contemplan cárcel y multas económicas, incluso sin evidencia de venta directa, si se acredita intención de distribuir drogas. La condena contra el hombre quedó firme, debiendo cumplir la sanción en forma efectiva.