La Corte de Apelaciones de Chillán (Región de Ñuble) confirmó la pena de 14 años de presidio efectivo contra un hombre condenado por dos delitos de robo con violencia cometidos el 3 de mayo de 2022 en Chillán Viejo.
Además, el tribunal acogió parcialmente un recurso de nulidad presentado por la defensa respecto de un tercer delito, relacionado con una presunta agresión a un funcionario de Carabineros, y ordenó la realización de un nuevo juicio oral para ese cargo.
La causa fue revisada por la Primera Sala de la Corte, compuesta por los ministros Guillermo Arcos, Paulina Gallardo y el fiscal judicial Solón Vigueras. Según el fallo, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán valoró correctamente los elementos probatorios vinculados a los robos.
Sentencia de 14 años va, pero otra parte del juicio se hará de nuevo
Sin embargo, se detectaron deficiencias de fundamentación en la sentencia relativa al maltrato de obra a carabinero, lo que motivó la anulación parcial del fallo.
De acuerdo con los antecedentes del caso, durante la tarde del 3 de mayo de 2022, el imputado, un adolescente y un tercer sujeto no identificado, abordaron a un conductor y lo agredieron con un destornillador en el hombro para apropiarse de su vehículo.
Horas más tarde, agredieron a otro hombre que transitaba en motocicleta y huyeron con dicho medio de transporte. El imputado escapó en la motocicleta y los otros participantes en el automóvil previamente sustraído.
El adolescente fue condenado a seis meses de libertad asistida especial, pena aplicable a menores de edad conforme a la Ley N.º 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente. Hasta ahora, el tercer implicado no ha sido identificado.
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Según el artículo 436 del Código Penal, el delito de robo con violencia ocurre cuando una persona, mediante violencia física o intimidación, sustrae un objeto mueble de propiedad ajena. En este caso, el uso de un objeto cortopunzante y la agresión directa a las víctimas fueron elementos considerados para acreditar el delito.
El cargo por maltrato de obra a carabinero está contemplado en el artículo 416 del Código de Justicia Militar, el cual sanciona las agresiones contra funcionarios policiales en ejercicio de sus funciones, con mayor gravedad si causan lesiones.
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Esto dijeron los jueces
En su resolución, la Corte declaró que “la sentencia impugnada incurre en el vicio de nulidad (…) sin haber justificado íntegramente los sentenciadores su decisión”. Asimismo, indicó que los fundamentos no cumplieron con los criterios de corroboración exigidos por la ley.
El tribunal también señaló que los jueces del primer fallo realizaron una evaluación formalmente correcta sobre los delitos de robo. En palabras del fallo, “los juzgadores fueron prolijos en explicar las razones para estimar que la prueba de cargo superaba la presunción de inocencia (…)”.
El nuevo juicio será tramitado por jueces no inhabilitados y se centrará exclusivamente en establecer si hubo o no una agresión dolosa contra el carabinero Briones González.
Mientras tanto, la condena por los dos delitos de robo con violencia permanece vigente y no fue modificada por la resolución de la Corte.