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TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE CHILLÁN

Condenan a guardia por homicidio y lesiones con arma de fuego en Ñiquén

El condenado disparó contra un hombre y una mujer tras una discusión en el sector Canchiuque. Aún falta que se dé a conocer su sentencia.
Juzgado de Garantía y Tribunal Oral en Lo Penal de Chillán.
Fachada del Juzgado de Garantía y Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Chillán. Fotografía de archivo.
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Un fallo condenatorio recayó sobre un guardia de seguridad responsabilizado por asesinar a un hombre en Ñiquén (Región de Ñuble). Además, el dictamen lo culpa por las lesiones menos graves de una mujer. Así lo aseguró la Fiscalía este lunes, 16 de marzo.

El crimen ocurrió la tarde del martes 16 de abril del año 2024. El imputado perpetró el ataque armado en el sector Canchiuque, perteneciente a la comuna de Ñiquén. La agresión sucedió tras una discusión originada entre el agresor y el matrimonio afectado.

El hombre trabajaba habitualmente en el fundo Santa Fresia de Catillo. Desde ese recinto, el vigilante disparó causando una herida torácica al fallecido. La mujer, por su parte, recibió un impacto balístico en la zona media del cuerpo.

Un tercer individuo trasladó a los heridos al Centro de Salud Familiar de San Gregorio. Paralelamente, el autor de los disparos se entregó ante funcionarios de Carabineros de esa misma localidad. Las víctimas ingresaron posteriormente al Hospital de San Carlos, donde el sujeto agredido perdió la vida.

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Lo que pide Fiscalía

La fiscal jefe de San Carlos, Tamara Cuello Peña, señaló que «el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán decidió condenar al imputado como autor de un delito de homicidio y un segundo delito de lesiones menos graves».

Sobre las condenas, la fiscal jefe de San Carlos, Tamara Cuello Peña, afirmó que «la Fiscalía para estos hechos está solicitando por el delito de homicidio, una pena de 12 años y por las lesiones menos graves 540 días».

El proceso investigativo contó con la participación de la Brigada de Homicidios de la PDI de Linares. Durante las audiencias, la defensa del guardia solicitó aplicar la eximente legal de legítima defensa. Sin embargo, los magistrados desestimaron la petición absolutoria planteada por los abogados defensores.

El juzgado fundamentó el rechazo argumentando la absoluta ausencia de pruebas comprobatorias. Según la resolución penal, no se constataron los elementos necesarios mediante los antecedentes vertidos en el juicio. La justicia programó la lectura de la sentencia definitiva para el día 23 del mes de marzo.

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