Más de 21 años de cárcel deberá cumplir un hombre de 38 años en Quillón (Región de Ñuble). La condena se desglosa en 20 años de presidio por violación y 541 días de reclusión por el delito de aborto frustrado
Así lo indicó el fiscal jefe de Bulnes, Álvaro Hermosilla, este lunes, 23 de marzo. El Tribunal Oral en lo Penal de Chillán dictó la respectiva sentencia condenatoria por ambos delitos.
Los ilícitos cometidos por el condenado afectaron directamente a su propia hija. La víctima, de 13 años, fue agredida sexualmente durante enero de 2024. El ataque ocurrió al interior del hogar familiar.
Producto del ataque sexual, la niña resultó embarazada, condición descubierta posteriormente por el victimario. Al descubrir la gestación, el imputado instruyó a la afectada para interrumpir el proceso biológico. Con el objetivo de abortar, el sentenciado le suministró pastillas abortivas durante junio del mismo año.
La pronta asistencia médica recibida por la menor frustró la pérdida del embarazo. A la intervención de salud se sumó el avanzado estado de desarrollo embrionario constatado por los especialistas. Finalmente, el bebé de la víctima nació algunas semanas después de la ingesta farmacológica.
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Investigación tuvo dificultades
La indagatoria del caso contó con el trabajo de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex). La unidad de la PDI enfrentó dos complejidades principales durante la recopilación de antecedentes probatorios. La ocurrencia de los hechos en un ambiente privado dificultó fuertemente la pesquisa de testigos.
Otra complicación judicial radicó en los peritajes aplicados a los medicamentos utilizados por el imputado. La identificación de los fármacos resultó compleja mediante las prácticas investigativas iniciales. Sin embargo, los exámenes de ADN y los reportes médicos permitieron esclarecer el escenario delictivo.
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El fiscal jefe de Bulnes expuso los medios de prueba ante el tribunal. El persecutor señaló que «los profesionales que atendieron a la niña en los distintos establecimientos de salud pudieron, a partir de su sintomatología clínica, determinar el uso de tales medicamentos y acreditar su utilización ilegal».
Además, la parte acusadora logró forjar la convicción judicial sobre la autoría probada del individuo. El representante de la Fiscalía afirmó que la sentencia «va acompañada de las accesorias que la naturaleza de este tipo de delitos demanda». Las penas principales se desglosan en presidio mayor y presidio menor.
El tribunal impuso la condena por violación consumada en su grado máximo. Por su parte, la sanción correspondiente al delito de aborto frustrado recayó en su grado medio. Ambos castigos penales deberán ser cumplidos por el condenado tras la resolución judicial dictada en Chillán.













