Con la llegada de las Fiestas Patrias en Chile, muchas personas esperan con ansias el aguinaldo correspondiente a esta celebración.
Este beneficio se otorga anualmente junto con el pago de la pensión o el sueldo y puede variar en su forma y monto. En LA FONTANA te contamos todos los detalles.
¿Serán aguinaldos en dinero o también en alimentos?
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Según explicó la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, el también denominado “Bono Septiembre” puede tener ambas naturalezas.
En el caso de las empresas, “los aguinaldos pueden ser en dinero o en una caja de alimentos, o puedes ser también una combinación de ambas cosas”, explicó la secretaria.
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¿Qué pensionados reciben el aguinaldo?
El aguinaldo entregado por el IPS (Instituto de Previsión Social) por Fiestas Patrias se extiende a diversos grupos de pensionados y pensionadas que cumplen con ciertos requisitos específicos.
En primer lugar, se incluyen los pensionados del IPS que reciben la Pensión Garantizada Universal (PGU) o la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI). También están contemplados los pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
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Además, el beneficio se extiende a los pensionados bajo las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234, así como a los pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
Los pensionados de las antiguas cajas de previsión y del ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS) también forman parte de los beneficiarios.
Se incluyen igualmente los pensionados de reparación bajo la Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
Así también, aquellos pensionados de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, también reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez), o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
Por último, los beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad también son contemplados dentro de este grupo.
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¿De qué monto será el aguinaldo para pensionados?
El monto base del aguinaldo por Fiestas Patrias 2023 es de $23.261 por pensionado o pensionada. Este valor se incrementa en $11.931 por cada persona acreditada como carga familiar.
El aumento se aplica incluso si no se tiene derecho a cobrar Asignación Familiar y el ingreso mensual supera los $979.330.
Aguinaldo para empresas y privados
En el sector privado, el aguinaldo por Fiestas Patrias no es una obligación legal para los empleadores.
Sin embargo, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir el aguinaldo si está contemplado en su contrato de trabajo o en un contrato o convenio colectivo donde se incluya esta cláusula.
En casos como estos, el aguinaldo puede ser exigido al empleador como un derecho de los trabajadores y trabajadoras.
Además, si el empleador ha entregado voluntariamente el aguinaldo en años anteriores, puede considerarse un derecho adquirido y, por lo tanto, exigible.