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Seis años de presidio

Condenan a hombre por fatal atropello a motociclista en Bulnes: conducía ebrio

Además, no habría prestado auxilio a la víctima dejándole en el lugar hasta su deceso. En total, fueron dos condenas.
Fotografía de contexto. Pixabay.
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Un hombre fue condenado a dos penas que totalizan seis años y un día de presidio efectivo, además de la inhabilitación perpetua para conducir vehículos motorizados, por causar un accidente fatal en estado de ebriedad y abandonar la escena. El hecho ocurrió en Bulnes el 24 de diciembre de 2021.

El Tribunal Oral en lo Penal de Chillán dictó esta sentencia tras encontrar al imputado culpable de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y de abandonar el lugar del accidente sin prestar auxilio.

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Según el fiscal subrogante de Bulnes, Pablo Acevedo Cifuentes, la noche del 24 de diciembre de 2021, en el kilómetro 8 de la Ruta N 613, sector Las Mariposas, el hombre conducía con 1,15 gramos de alcohol por litro de sangre.

Su vehículo traspasó el eje central de la calzada y colisionó con la motocicleta de un hombre de 40 años, quien falleció en el lugar. Posteriormente, el conductor abandonó el vehículo y huyó sin prestar auxilio ni informar a las autoridades.

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«El Tribunal Oral en lo Penal de Chillán dictó sentencia definitiva condenatoria en contra del imputado por hechos ocurridos en diciembre del año 2021, donde el acusado condujo en estado de ebriedad un vehículo causando la muerte de una persona. Posteriormente a ello, el acusado no presta ayuda posible a la víctima y se da a la fuga,» explicó Acevedo.

«Es así como la sentencia definitiva, ponderando los antecedentes entregados por la Fiscalía, decide dictar dos penas de tres años y un día de cumplimiento efectivo, además de la inhabilidad para conducir de manera perpetua vehículos motorizados.»

Los delitos

Fueron dos condenas de tres años y un día, una por cada delito. La conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, según el artículo 196 de la Ley de Tránsito, ocurre cuando una persona maneja un vehículo con una concentración de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro, provocando la muerte de otra persona.

Adicionalmente, el abandonar el lugar del accidente sin prestar auxilio está tipificado en el artículo 195 de la misma ley, refiriéndose a la acción de un conductor que, tras un accidente, no permanece en el lugar para asistir a las víctimas ni informa a la autoridad competente.

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