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Gendarmería y municipio firman acuerdo

Gendarmería firma convenio para que reos con penas sustitutivas hagan trabajos comunitarios en Quillón

El convenio permite que personas con penas sustitutivas realicen labores municipales, pero no detalla mecanismos de fiscalización.
Interior de una cárcel. Foto de contexto: Unsplash.
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La Dirección Regional de Gendarmería en Ñuble y la Municipalidad de Quillón firmaron un convenio de cooperación para que personas condenadas a penas sustitutivas cumplan su sanción mediante trabajos comunitarios.

La medida se enmarca en la Pena Sustitutiva de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad, regulada en la Ley N° 18.216, que permite reemplazar la privación de libertad por labores de interés público.

El acuerdo fue firmado por la Directora Regional (s) de Gendarmería Ñuble, coronel Emylyn Ibáñez, y el alcalde de Quillón, Felipe Catalán. Según el documento, Gendarmería supervisará a los condenados, mientras que el municipio asignará las labores comunitarias. .

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Catalán explicó que el municipio definirá los espacios donde se ejecutarán las tareas asignadas. «Desde el municipio nos comprometemos con la reinserción de las personas que estén condenadas a penas sustitutivas«, señaló.

Agregó que se habilitarán espacios laborales para que los sancionados puedan cumplir la pena sustitutiva, siempre bajo la supervisión de Gendarmería.

Por su parte, Ibáñez afirmó que el acuerdo forma parte de la relación con distintas entidades para la ejecución de sanciones alternativas.

«Es vital para nuestra institución lograr alianzas estratégicas con distintos actores sociales, públicos y privados, que crean en la rehabilitación y la reinserción de las personas condenadas», declaró.

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Restricciones y fiscalización de la pena sustitutiva

La Pena Sustitutiva de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad se aplica a quienes han sido condenados por delitos con penas de hasta tres años de cárcel.

Está destinada a reemplazar la reclusión efectiva por trabajos gratuitos en instituciones estatales, municipales o sin fines de lucro. Según la Ley N° 18.216, no se otorga en casos de delitos graves, como homicidio, robo con violencia o delitos sexuales.

La Defensoría Penal Pública ha señalado que la implementación de estas penas alternativas enfrenta dificultades de fiscalización y seguimiento efectivo.

El cumplimiento de las penas sustitutivas dependerá de la coordinación entre Gendarmería y el municipio. Ambas instituciones deberán definir las labores asignadas y establecer los criterios de control sobre los condenados beneficiados.

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