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Decretan medidas cautelares contra alcalde de Coihueco tras denuncia por abuso sexual

La resolución judicial prohíbe el acercamiento físico y la comunicación por medios tecnológicos durante sesenta días. Además, impone la firma mensual obligatoria en la unidad policial respectiva bajo apercibimiento legal.
Una grave denuncia por acoso sexual y laboral fue interpuesta contra Wilson Palma, alcalde de Coihueco.
Una grave denuncia por acoso sexual y laboral fue interpuesta contra Wilson Palma, alcalde de Coihueco.
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Una serie de medidas cautelares fueron decretadas contra el alcalde de Coihueco (Región de Ñuble), Wilson Palma Jelves. El imputado está siendo investigado por una denuncia que acusa abuso sexual.

Así lo informó LA FONTANA: Denuncia por acoso sexual contra Wilson Palma, alcalde de Coihueco: todo lo que se sabe

Así lo resolvió el Juzgado de Garantía de Chillán mediante un documento emitido el martes, 14 de abril de 2026. El ente judicial busca proteger la integridad corporal e indemnidad sexual de la víctima afectada.

El texto judicial advierte la presunta existencia de ilícitos perpetrados por el individuo sancionado. Según la resolución, la situación reviste un serio y efectivo riesgo para la denunciante.

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Prohibición de acercarse a la víctima y contactarla

La primera restricción consiste en la prohibición total de acercarse a la persona querellante. La instrucción legal incluye expresamente el lugar de trabajo de la ciudadana protegida por el dictamen. El tribunal exceptúa únicamente los encuentros casuales generados por la relación laboral existente en la actualidad.

La orden judicial también abarca el domicilio habitacional de la víctima en un sector rural. La prohibición de acercamiento se extiende a cualquier otro sitio donde la ciudadana se encuentre.

Asimismo, el juzgado restringe toda comunicación mediante la aplicación WhatsApp o cualquier plataforma de mensajería tecnológica. El mandato jurídico prohíbe expresamente enviar a terceras personas para establecer contacto telefónico o escrito.

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Jefe comunal también quedó con firma mensual

Además, se decreta una obligación formal de acuerdo al artículo 155 letra c del Código Procesal Penal. El alcalde deberá concurrir a la Subcomisaría de Carabineros de Coihueco con periodicidad mensual. El registro de firma ocurrirá el último fin de semana de cada periodo calendario.

La exigencia temporal comenzó a regir a partir del mes de abril del año en curso. La notificación personal a los involucrados se dispuso por medio de efectivos de Carabineros de Coihueco. Las cautelares durarán por al menos dos meses, según reza el documento judicial.

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