El Tribunal Electoral Regional de Ñuble declaró este jueves 17 de julio inhabilitado a Williams Gastón Suazo Soto para ejercer cualquier cargo o empleo público por el plazo de cinco años. Se trata de una sentencia tras dos denuncias en su contra interpuestas en el tribunal, durante 2025.
Los requerimientos fueron presentados por concejales y el actual alcalde de San Carlos, Rubén Méndez Venegas, en mayo y junio de 2025, dentro del plazo legal de seis meses que la ley permite para perseguir la responsabilidad de un exalcalde una vez que termina su mandato.
Gastón Suazo es arquitecto y funcionario municipal. Ingresó a la Municipalidad de San Carlos en 2009 como director de Obras Municipales, cargo que ejerció hasta que asumió como alcalde el 28 de junio de 2021.
Al término de su mandato, el 6 de diciembre de 2024, retomó ese mismo cargo de director de Obras. Es esa condición de funcionario público activo la que quedaría directamente afectada si la sentencia se confirma.
¿Por qué concejales y el actual alcalde fueron al TER?
Dos grupos de concejales presentaron requerimientos separados acusando al exalcalde Suazo de notable abandono de deberes e infracciones graves a la probidad administrativa durante su período 2021-2024.
El primer requerimiento fue presentado por el alcalde Rubén Méndez Venegas y los concejales César Ortiz Gallegos, Rubén Ortiz Cerda y Jorge Rodríguez Lagos. El segundo lo firmaron los concejales Daniel Pizarro Uribe y Roberto Caro Yáñez. Ambas causas fueron acumuladas y tramitadas en conjunto.
Revisa aquí los cuatro cargos que el tribunal acreditó
El TER de Ñuble analizó ocho cargos en total, pero consideró suficiente pronunciarse sobre cuatro de ellos para acoger la inhabilidad. Los restantes no fueron descartados, sino que el tribunal los dejó sin pronunciamiento por razones de economía procesal.
1) Acta de Traspaso incompleta: El TER estableció que al terminar su mandato, Suazo entregó un Acta de Traspaso de Gestión que no contenía la información que la ley exige: faltaban el balance presupuestario, el detalle de pasivos, el listado de juicios en curso, los sumarios administrativos, los contratos vigentes y los antecedentes de salud y educación, entre otros. El secretario municipal y el director de control se negaron a firmarla por considerarla incompleta. La Contraloría Regional de Ñuble llegó a la misma conclusión en abril de 2025.
2) Jefe de Salud designado ilegalmente por tres años y medio: El tribunal acreditó que cuando el exalcalde asumió en 2021, el cargo de Jefe del Departamento de Salud Municipal estaba vacante. En lugar de llamar a concurso público, designó a un funcionario a contrata. La ley permite esa suplencia por un máximo de seis meses. El exalcalde mantuvo esa situación irregular durante toda su gestión, sin convocar el concurso. El propio funcionario designado lo reconoció al declarar como testigo.
3) Compra irregular de máquina bacheadora: La municipalidad pagó más de $332 millones por una máquina que no cumplía las especificaciones técnicas de la licitación. Las bases del proceso fueron elaboradas copiando especificaciones de la misma empresa que resultó adjudicada. La máquina fue recepcionada de todas formas, sin documentación legal como patente o permiso de circulación. El municipio perdió el juicio que luego interpuso el proveedor para cobrar la factura.
4) Contrataciones directas reiteradas sin licitación pública: El TER aseguró que en múltiples contratos de arriendo de inmuebles y adquisición de servicios, la municipalidad usó la modalidad de trato directo cuando la ley exigía licitación pública, sin emitir las resoluciones fundadas que justifiquen esa excepción. La Contraloría Regional lo constató en su Informe Final N°498/2024. El secretario municipal declaró como testigo que nunca hubo una licitación previa ni se invocó causal legal alguna para omitirla.
¿Qué dijo Suazo en su defensa?
Los abogados del exalcalde argumentaron que los cargos estaban mal formulados y que las irregularidades detectadas eran responsabilidad de funcionarios técnicos, no del alcalde directamente.
Respecto al acta de traspaso, sostuvieron que la información era pública y accesible en portales web. Sobre el jefe de salud, alegaron que la pandemia justificaba no llamar a concurso. En relación a la bacheadora y las contrataciones directas, señalaron que esas decisiones correspondían a unidades operativas con autonomía técnica. Sin embargo, el tribunal no consideró suficientes ninguno de esos argumentos.
¿Qué ocurrirá ahora? Exalcalde puede apelar a TRICEL
La sentencia fue notificada este jueves y deberá publicarse en un diario de circulación regional que el propio tribunal escogió: La Discusión. Las partes tienen derecho a recurrir ante el Tribunal Calificador de Elecciones, máximo organismo en materia electoral del país.
Mientras la sentencia no quede firme, Suazo Soto mantiene su cargo de director de Obras Municipales. Una vez ejecutoriada, el fallo deberá ser comunicado a la Contraloría General de la República para su registro y cumplimiento.
Que la sentencia «quede firme» significa que se de alguno de los dos escenarios: que ninguna parte apele o que, tras apelar al TRICEL, dicho tribunal confirme la sentencia.













