Se rechazó el recurso de nulidad

Confirman 15 años de cárcel para condenado por violento robo en Chillán Viejo: pedía anular el juicio

La víctima resultó con daños que requirieron de dos meses de recuperación, constató la Justicia.
Fachada principal del edificio. Foto: Elías Meza.
Fachada principal del edificio. Foto: Elías Meza.

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Un hombre cumplirá una pena de 15 años y un día de presidio efectivo, tras ser condenado por robo calificado con resultado de lesiones graves en la comuna de Chillán Viejo (Región de Ñuble), en mayo de 2023.

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa, confirmando la sentencia impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

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En su fallo el tribunal de alzada, compuesto por los ministros Guillermo Arcos, Érica Pezoa y la abogada (i) Paula Cornejo, concluyó que no existieron errores en la aplicación del derecho.

La agravante fue tomada en cuenta debido a que el hombre ya había sido condenado previamente por un robo en lugar habitado, lo que, según el tribunal, justificó una pena más severa.

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Los hechos

El robo calificado se produjo en la madrugada del 20 de mayo de 2023, cuando el condenado intimidó a la víctima con un cuchillo, logrando sustraerle un teléfono celular.

Ante la resistencia de la víctima, le propinó una estocada en el abdomen, provocándole lesiones graves que requirieron entre 45 y 60 días de recuperación, según lo acreditado durante el juicio.

El delito de robo calificado, según la ley, se comete cuando una persona sustrae un bien utilizando violencia o intimidación, y se agrava cuando se producen lesiones físicas.

En este caso, el uso de un arma blanca y las heridas causadas a la víctima incrementaron la gravedad del delito y, por tanto, la severidad de la pena impuesta.

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Fallo aclara que el proceso fue correcto

El tribunal de alzada también señaló que la condena se ajustó a lo dispuesto en el artículo 449 del Código Penal, que regula las penas para los delitos contra la propiedad cuando además causan daño físico a las personas.

En el fallo se detalla que, al tratarse de un reincidente en delitos de la misma especie, la aplicación de la agravante fue correcta y conforme a la ley.

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