Desde ahora, máxima autoridad regional

Jefe de Defensa en Ñuble anuncia medidas por Estado de Catástrofe: se prohíbe el transporte de bencina en bidones

Prohibió también el uso de artefactos que generen chispas o combustión, instruyó evitar reuniones masivas y ordenó a los municipios actuar "con legalidad". Lee todas las medidas acá.
El general Jorge Salinas asumió la Jefatura de Defensa Nacional en la Región de Ñuble.
El general Jorge Salinas asumió la Jefatura de Defensa Nacional en la Región de Ñuble.

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A través de cuatro documentos con su firma entregados a todas las instituciones gubernamentales y la prensa, el general Jorge Salinas Schlack, Jefe de la Defensa Nacional en Ñuble, dio a conocer las primeras medidas que regirán durante el Estado de Excepción Constitucional por Catástrofe.

Con cinco resoluciones exentas, la ahora máxima autoridad regional prohibió el uso de fuegos artificiales y aparatos a combustión controlada, instruyó no realizar reuniones masivas y pidió a los municipios actuar en legalidad y unión con otros servicios públicos.

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Al mismo tiempo, informó que queda prohibido transportar bencina o combustibles en bidones o envases y que, para ello, deberá pedirse salvoconducto con Carabineros.

El detalle de las resoluciones

Como primera resolución, el general Salinas tomó posesión oficialmente del cargo -nominado por el presidente Gabriel Boric– y detalló que, preliminarmente, este Estado de Catástrofe regirá por 30 días de corridos, desde el pasado 3 de febrero.

A través de la Resolución Excenta N°02, el Jefe de la Defensa Nacional anunció la prohibición del uso de “fuegos artificiales, juegos de artificio, elementos pirotécnicos y, en general, el uso de cualquier artefacto que pueda generar chispa o combustión controlada, o que presente un potencial riesgo en la formación de focos de incendios forestales”.

Sobre las reuniones

En el mismo documento, se instruye que “aquellas reuniones en que se utilicen equipos o aparatos electrónicos del alto voltaje, se debe dar estricto cumplimiento a las normas eléctricas y de seguridad vigentes, debiendo adoptarse las medidas de prevención de sobrecargas eléctricas, cortocircuitos o fallas que puedan favorecer la generación de nuevos focos de incendio.

“Para tal efecto”, dice la resolución, “las autoridades policiales y los organismos fiscalizadores deberán intensificar las medidas de control que correspondan”.

Y, si bien no prohíbe la realización de reuniones, la resolución declara que “se deberá evitar la celebración de reuniones masivas, entendiendo por tal a aquellas que convoquen gran cantidad de público e impliquen la utilización de personal policial en precaver eventuales alteraciones del orden público“.

Ordenó a todos los municipios de la región

En la tercera resolución, el general Salinas dispuso que todas las municipales de la Región de Ñuble deben dar estricto cumplimiento al artículo 3, inciso 3 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Una ley que, cabe destacar, debe ser cumplida con o sin Estado de Excepción de por medio.

El cumplimiento debe darse “en el sentido de dar respuesta coordinadamente a la catástrofe suscitada por los incendios declarados en la zona y, de esta forma, con estricto apego al principio de legalidad, aúnen sus esfuerzos con los otros municipios y servicios públicos que se encuentran empleados en la superación de la emergencia”.

Prohibido el transporte de combustible en bidones

Por último, la quinta resolución prohíbe “el transporte de bencina, petróleo y parafina en bidones u otros recipientes similares”.

Todas aquellas personas, entidades o empresas que requieran para el desarrollo de sus funciones el uso de combustibles, transportándolo en tambores, bidones u otros elementos, deberán acercarse a la comisaría o retén más cercano, a fin de obtener un salvoconducto“, informó el general Salinas.

Sólo con dicho salvoconducto podrán realizar la compra de combustible en servicentros o centros de venta. Además, el transporte de combustible debe hacerse portando el salvoconducto respectivo.

 

 

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