En contra de Seremi de Salud y municipio

Corte rechaza recurso de protección por situación de Laguna Avendaño

Empresarios turísticos de Quillón recurrieron a la justicia por "las repercusiones causadas" por el mal estado de la laguna.
Fotografía: Ministerio de Medio Ambiente. Archivo
Fotografía: Ministerio de Medio Ambiente. Archivo

Comparte esta noticia

¡Comparte!

Comenta

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó un recurso de protección presentado por la Asociación de Empresarios Turísticos de Quillón (Región de Ñuble) por el actual estado de la Laguna Avendaño, en esa comuna.

El recurso fue interpuesto en contra de la Seremi de Salud de Ñuble y el propio municipio de Quillón por “las repercusiones causadas” tras prohibir el uso de las aguas del estanque, en febrero pasado.

Las noticias en tu WhatsApp

Recibe las publicaciones de LA FONTANA al instante

Publica avisos legales fácil y rápido

Extractos, citaciones, extravíos de cheque, remates y más

Desde el 1 de marzo de este año, la laguna se encuentra en un estado “no habilitado” para uso recreacional -pese que varias veces se han registrado bañistas en el lugar-. La medida fue decretada tras el aumento de casos de dermatitis asociados al contacto con el agua.

Así lo informó LA FONTANA: Prohíben acceso a aguas de Laguna Avendaño en Quillón tras casos de dermatitis

Pero, semanas después, se conoció que en el lugar se realizan descargas de material fecal que exceden 92 veces la normativa chilena. Por la medida de cierre y lo que significan los hechos para el turismo local fue presentado el recurso de protección.

Lee también: Detectan más irregularidades en Laguna Avendaño de Quillón: materia fecal supera ampliamente lo normado

Corte: “Seremi de Salud usó sus atribuciones”

Sin embargo, de manera unánime, la Primera Sala de la corte estableció que la resolución de prohibir el uso de las aguas fue dictada de la manera correcta: por la Seremi de Salud y en uso de sus atribuciones, con la debida justificación.

En el fallo, el tribunal de alzada sostuvo que para tomar la decisión “se tuvo presente el análisis físico químico del programa de vigilancia de calidad de agua para uso recreacional entre enero y febrero de 2023, lo que indica la norma atinente y la fundamenta”.

En el recurso de protección rechazado se acusaba a la Municipalidad de Quillón por “faltas de servicio”. Sin embargo, la corte desestimó esa imputación. Según la Justicia el municipio “afirma haber realizado numerosas acciones para la conservación y recuperación de la Laguna Avendaño”.

Lee también: Trasladan postes de luz por reparación de ruta entre Bulnes y Quillón: había demasiados

“No es la vía idónea”

Al cierre, la corte precisó que “no es esta una instancia de declaración de derechos, sino que una de cautela urgente de derechos (el cierre de la laguna). Se concluye que el recurso de protección, en dicho sentido, no es la vía idónea para el reclamo que se formula“.

Queremos informarte siempre. Te enviamos noticias por correo electrónico para iniciar tu jornada.

Suscribirse a comentarios
Notificar de
0 Comments
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Desde el 12 de diciembre de 2018