Delitos ocurridos en mayo de 2022

Confirman pena de 6 años de cárcel para condenados por drogas en Pinto y Chillán

Carabineros realizó dos operativos, encontrando las sustancias y dinero al interior de viviendas y vehículos.
Foto referencial de una planta de marihuana: Unsplash
Foto referencial de una planta de marihuana: Unsplash

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Un hombre de 30 años y una mujer de 28 años cumplirán seis años de presidio efectivo tras ser condenados por el delito de tráfico de drogas, ilícito cometido en las comunas de Pinto y Chillán (Región de Ñuble).

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas, confirmando la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal. Ambos, deberán además pagar una multa de 20 UTM (aproximadamente un millón 200 mil pesos).

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De acuerdo a los magistrados, la sentencia estaba “suficientemente fundada” y se valoró la evidencia “conforme a las reglas de la sana crítica y máximas de experiencia”, desestimando los argumentos de la defensa, que cuestionaban la valoración de las pruebas.

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Los hechos investigados

El tráfico de drogas, delito por el cual fueron condenados el hombre y la mujer, ocurrió el 14 de mayo de 2022. Ese día, en un operativo policial, Carabineros ingresó a un domicilio donde se incautaron marihuana a granel y dinero en efectivo vinculado al tráfico de sustancias ilícitas.

Durante el mismo operativo, también se registraron dos vehículos estacionados en la propiedad, donde se encontraron más drogas.

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Paralelamente, un segundo operativo en una vivienda ubicada en Villa Las Almendras de Chillán, permitió la incautación de clorhidrato de cocaína, pasta base de cocaína y marihuana, además de dinero en efectivo.

La sentencia

La Ley 20.000, que regula el tráfico ilícito de drogas, establece que quienes se dedican a la comercialización, distribución, transporte o almacenamiento de sustancias prohibidas, pueden enfrentar penas de prisión que van desde cinco años y un día, hasta quince años, dependiendo de la cantidad de droga.

El fallo, emitido de manera unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada, fue confirmado por el ministro Guillermo Arcos, el fiscal judicial Solón Vigueras y el abogado integrante Fabián Huepe.

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