Sentencia fue unánime

Corte ratifica 541 días de cárcel para condenado por violencia intrafamiliar en San Carlos

La defensa había presentado un recurso que pedía anular el juicio, pero la Justicia ratificó la sentencia por lo ocurrido en 2022.
Corte de Apelaciones de Chillán.
Fachada de la Corte de Apelaciones de Chillán. | Archivo

Comparte esta noticia

¡Comparte!

Comenta

Este miércoles se confirmó la sentencia contra un hombre, quien enfrentará dos penas de 541 días de prisión efectiva. Esto tras ser encontrado responsable de dos delitos consumados de desacato en contexto de violencia intrafamiliar (VIF)

La Corte de Apelaciones de Chillán (Región de Ñuble) falló de manera unánime debido a que se demostró que el condenado cometió los delitos en julio y octubre de 2022 en la comuna de San Carlos.

Las noticias en tu WhatsApp

Recibe las publicaciones de LA FONTANA al instante

Publica avisos legales fácil y rápido

Extractos, citaciones, extravíos de cheque, remates y más

El tribunal ratificó la decisión previa del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán. Estaba compuesto por el ministro Guillermo Arcos, el fiscal judicial Solón Vigueras y el abogado (i) Juan de la Hoz,

Los hechos probados detallan que el imputado, en estado de ebriedad, ingresó al domicilio de la víctima, su conviviente. Este fue detectado por vecinos que alertaron a Carabineros.

Los oficiales procedieron a su arresto al interior del mismo inmueble, para luego llevarlo a la respectiva audiencia de formalización.

Pese a las medidas de protección dictadas, el condenado reincidió el mismo día, lo que llevó a su segunda detención tan solo horas más tarde.

También puedes leer: 20 accidentes de tránsito y 8 detenidos en estado de ebriedad dejó el Año Nuevo en Ñuble

Según se puede leer en el fallo, “se dieron por probados los hechos materia de la acusación y la participación en calidad de autor, que al imputado le correspondió en los delitos de desacato por los cuales se le condenó”.

El texto termina sentenciando que “queda claro que el Tribunal enuncia y analiza toda la prueba producida por los intervinientes en el juicio oral, para llegar a la conclusión a que arribó y lo hace en forma coherente y racional“.

Vale señalar, además, que el sujeto también incumplió la prohibición de acercarse a la víctima y a su domicilio. Esta fue dictada en causa diversa como autor de un delito de igual naturaleza, cometido el 9 de enero de 2022.

Queremos informarte siempre. Te enviamos noticias por correo electrónico para iniciar tu jornada.

Suscribirse a comentarios
Notificar de
0 Comments
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Desde el 12 de diciembre de 2018