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Nueva ley incluye a Ñuble en fondo de reconstrucción por incendios: qué cambia para las familias afectadas

El fondo tendrá un límite de $1,2 billones para atender la reconstrucción en Ñuble, Biobío y Valparaíso. La normativa prioriza viviendas definitivas e infraestructura comunitaria.
Al fondo, la vivienda entregada. Foto: Red de Prensa Ñuble.
Primera vivienda definitiva entregada en Quillón, en agosto de 2026. Foto: Red de Prensa Ñuble.
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Una nueva ley incorporará los daños provocados por los incendios de enero de 2026 en la Región de Ñuble al Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios. La modificación fue establecida mediante la Ley 21.850, publicada el sábado, 17 de octubre, y comenzará a regir el 1 de noviembre del presente año.

La normativa amplía el alcance de un fondo originalmente creado para enfrentar las consecuencias de los incendios de febrero de 2024 en Valparaíso. Ahora también comprenderá los siniestros ocurridos en Ñuble y Biobío durante enero de 2026.

Además, eleva en $400 mil millones el límite del programa fiscal, que pasa de $800 mil millones a un máximo de $1,2 billones. Estos recursos corresponden al fondo compartido por las tres regiones y no a una asignación exclusiva para Ñuble.

La ley establece como prioridades la reconstrucción de viviendas definitivas y la recuperación de infraestructura comunitaria. También exige informar estas prioridades a las autoridades regionales, municipios y familias damnificadas que reciban apoyo.

Qué cambia para las familias afectadas por los incendios

La principal modificación es que las necesidades de reconstrucción derivadas de los incendios de Ñuble podrán financiarse mediante este fondo especial del Estado.

Entre las iniciativas contempladas en el marco legal del fondo figuran la reparación y reconstrucción de viviendas, la recuperación de espacios públicos y la reposición de infraestructura dañada.

El mecanismo también considera otras formas de asistencia, como apoyo productivo, subsidios laborales y atención psicosocial, conforme a las disposiciones de la Ley 21.681, que creó originalmente el instrumento.

Sin embargo, la incorporación de Ñuble no representa la entrega automática de nuevos subsidios. La Ley 21.850 tampoco determina cuánto dinero recibirá la región ni individualiza a las familias que serán beneficiadas.

Otra modificación permitirá a los municipios, con acuerdo de sus concejos, rebajar o excepcionalmente eximir determinados derechos municipales. Esta facultad se refiere a subdivisiones de terrenos fiscales necesarias para ejecutar proyectos habitacionales y de reconstrucción.

La normativa también contempla un procedimiento abreviado de admisibilidad para determinadas iniciativas del Ministerio de Obras Públicas y del Ministerio de Educación vinculadas a la recuperación de infraestructura dañada.

Recursos y avances deberán informarse por comuna

Uno de los cambios establecidos por la ley es la obligación de publicar información mensual sobre la ejecución del fondo, desglosada por región y comuna.

Los reportes deberán identificar los recursos comprometidos y efectivamente pagados, el avance físico de las obras, los tipos de subsidios o beneficios y la cantidad de familias atendidas.

Adicionalmente, el Ministerio del Interior deberá remitir informes trimestrales al Congreso, con antecedentes sobre la distribución territorial de los recursos y el desarrollo de las iniciativas.

La ley establece que el primer informe de ejecución deberá entregarse dentro de los 90 días siguientes a su publicación. El fondo mantendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, plazo que ya había sido establecido anteriormente.

La reconstrucción habitacional en Ñuble, entretanto, comenzó antes de esta modificación legal. En agosto, LA FONTANA informó sobre la entrega de la primera vivienda definitiva en Quillón, correspondiente a los incendios de enero.

Así, la nueva legislación amplía el financiamiento disponible para continuar la recuperación de los territorios afectados. Las asignaciones específicas para Ñuble y los proyectos que recibirán estos recursos deberán conocerse mediante los mecanismos de ejecución e información establecidos.

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