Las personas que mantienen deudas municipales de 2023, 2024 y 2025 podrán solicitar la condonación total de intereses y multas desde diciembre. Así lo establece la Ley 21.850, publicada el sábado, 17 de octubre, cuyo beneficio también alcanzará a los contribuyentes de la Región de Ñuble.
La medida contempla permisos de circulación, derechos de aseo y patentes municipales, entre otras obligaciones. Podrán acogerse tanto personas naturales como jurídicas que mantengan deudas impagas correspondientes al período establecido.
Aunque la disposición forma parte de una ley sobre reconstrucción nacional y desarrollo económico, no exige haber resultado afectado por incendios. Se trata de un procedimiento extraordinario aplicable a los contribuyentes que cumplan los requisitos legales.
La condonación permitirá eliminar el 100% de los intereses y multas por atraso, pero no implica la eliminación automática de la deuda original. Los contribuyentes deberán pagar el capital adeudado y los reajustes que correspondan.
Cómo solicitar la condonación desde diciembre
El procedimiento comenzará el 1 de diciembre de 2026, fecha desde la cual los interesados dispondrán de 12 meses para presentar sus solicitudes.
El trámite deberá realizarse mediante una solicitud escrita ante la municipalidad correspondiente. En ella será necesario identificar las deudas que se busca regularizar y acompañar los antecedentes que determine cada municipio.
La ley establece que las municipalidades deberán definir la documentación exigida a más tardar el 1 de diciembre. Por tanto, los requisitos específicos dependerán de las instrucciones que establezca cada administración comunal.
Una vez presentada la solicitud, el municipio tendrá 30 días hábiles para resolverla. Si la aprueba, emitirá un documento de cobro con el capital y los reajustes correspondientes, aplicando la condonación de intereses y multas.
El beneficio no se aplicará automáticamente por mantener una deuda antigua. Será necesario presentar la solicitud y cumplir las condiciones de pago establecidas en la resolución municipal.
Plazos para pagar y posibilidad de convenios
Quienes obtengan la aprobación tendrán 12 meses para pagar la deuda regularizada, contados desde la resolución municipal. Sin embargo, para los derechos de aseo, la ley contempla un plazo especial de 36 meses.
Además, las municipalidades podrán autorizar el pago en cuotas, siempre que exista una solicitud fundada del interesado. Los convenios deberán respetar los plazos establecidos para cada tipo de obligación.
El cumplimiento de estos compromisos será fundamental para conservar la condonación. Si el contribuyente no paga dentro del plazo autorizado, la resolución quedará sin efecto y volverá a exigirse la deuda original.
En ese caso, se restablecerán los intereses, multas y reajustes correspondientes, descontando los abonos que se hayan efectuado durante el proceso de regularización.
La normativa también contempla la posibilidad de acogerse al procedimiento cuando exista un cobro judicial iniciado por la municipalidad. Para ello, será indispensable que todavía no se haya dictado sentencia definitiva.
Una vez acreditado el pago conforme al procedimiento, el municipio deberá desistirse de la acción judicial de cobro correspondiente a esas obligaciones.
Finalmente, la ley contempla que las municipalidades puedan renunciar expresamente al cobro de determinadas deudas susceptibles de prescripción. Esta disposición no constituye una eliminación general de las obligaciones pendientes, sino una facultad sujeta a las condiciones legales.













